Los defectos ajenos



Pensaba hoy en la facultad del estado de defenderse de los delitos mediante el poder punitivo.

Lo que resulta realmente trascendente no es la justificación de la pena, en cuanto sanción jurídica necesaria para mantener la convivencia, mediante su aplicación a quien viola la norma jurídica, sino su finalidad.

Y ello porque esta cuestión desborda los límites jurídicos . 

Los fines de una pena no son meramente retributivos, sino que abarcan también la readaptación social del delincuente, y sobretodo la prevención general y especial.

La prevención especial se centra en el delincuente, y en la evitación de la reincidencia.

La función de prevención general de la pena por el contrario, es la advertencia o intimidación que se da a la sociedad para evitar la infracción de la ley, ese reavivar en la conciencia común el desvalor de la conducta realizada violadora de la norma, que ordena el respeto a cierta categorías de bienes, es decir, disuadir a la colectividad de la comisión de hechos delictivos.

Esta función de prevención general sólo tiene sentido si, en cada uno de los miembros de la comunidad existe, consciente o inconscientemente, esa posibilidad de actuar contraviniendo las normas jurídicas en mayor o menor medida, en uno u otro aspecto, o en alguna circunstancia en la que se encuentra justificación.

Lo cierto es que siguiendo la misma línea argumental, cuando molestan mucho ciertos defectos o comportamientos de los demás, es porque esos mismos defectos o comportamientos son propios, aunque estén retenidos o reprimidos subconscientemente. 

Al recriminar y rechazar esos defectos en los demás, podría parecer que esas actitudes fueran lo más ajeno e impensable en uno mismo, cuando en realidad, son una manera de defensa psicológica ante lo que la persona no se permite a si misma.

Quizás siendo más sinceros y honestos podría admitirse, que las debilidades que disgustan, no son sólo defectos de los demás sino también propios, y de ahí la necesidad de la existencia de una función de prevención general en las penas. 

De esta forma y sin dejar de ser justos y de desear la aplicación de la justicia, se manifestaría un menor regocijo y una actitud menos agresivas frente a la condena de los demás.

Feliz día.

2 comentarios:

  1. ...tienes razón, todos tenemos un lado bueno y .....otro.. Menos bueno

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  2. Nunca está bien hacer leña del árbol caido porque eso dice más del leñador que del árbol...

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