Culpa o responsabilidad


Pensaba hoy en los términos culpa y responsabilidad, y la importancia de diferenciarlas.

Y es que aunque en ocasiones puedan ser utilizados de forma indistinta, son tan radicalmente diferentes, que puede existir tanto una responsabilidad sin culpa, responsabilidad civil por hechos ajenos, como una culpa sin responsabilidad penal, si concurre alguna eximente en el autor del hecho.

La culpa es una emoción (estado psicológico de corta duración), que surge cuando se es consciente de que se ha vulnerado alguna norma (moral o social), y que conduce a la auto devaluación, al sentimiento de no merecer y al auto castigo.

En ese momento, cuando se produce el juicio sobre uno mismo, la emoción se transforma en sentimiento (estado psicológico de larga duración), innecesario e improductivo, en cuanto no comporta una acción reparadora.

Por contra la responsabilidad por los propios actos, genera una reprobación hacia la conducta realizada en vez de hacia uno mismo, y una necesidad de enmienda del daño producido.

Así, de lo que se trata realmente es de asumir y aceptar los propios errores, en un acto de madurez y de valor, ya que perpetuarse en un mortificante sentimiento de culpabilidad no cambia el hecho, mientras que la asunción del mismo permite mirarse a uno mismo con objetividad, cambiar las conductas, y proceder a la reparación.

Feliz día.

1 comentario:

  1. Muy acertado pensamiento. Estoy totalmente de acuerdo contigo. Gracias

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